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SIG envases domésticos, comerciales e industriales. Ley 11/1997

8/3/2022

 

Empresa con 2 plantas: una en Castilla y León y la otra en Aragón.

 

La declaración anual de envases y residuos de envases debe presentarse en Aragón, en la aplicación existente al efecto, que es dónde tiene la sede social la empresa.

 

NO es necesario realizarla también el CyL porque sería duplicar la información, ya que según parece se ponen los datos de todos los envases puestos en el mercado. Lo estáis haciendo bien haciendo la declaración en la CCAA donde se encuentra la sede social de la empresa.

 

En relación con la adhesión al SIG de ECOEMBES esta es “necesaria” únicamente para los envases comerciales, en cumplimiento del artículo 6 de la Ley 11/1997 de Envases, para evitar tener que establecer un sistema propio de retorno para los envases comerciales.

 

Por lo que respecta a los envases comerciales o industriales, NO están obligados al artículo 6, según la disposición adicional primera, por lo que NO es necesario adherirse al SIG.

 

Echándole un vistazo a la nueva ley de envases en tramitación, quizás el camino es el contrario y habrá que meter en el SIG también los envases comerciales e industriales.

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