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Retirada de placas de fibrocemento abandonadas en parcela agrícola.

27/10/2021

 

Desde la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la CCAA de Castilla-La Mancha, se requiere a la propietaria de una parcela agrícola ubicada en Cuenca, para que retire en el plazo de 10 días hábiles el vertido de fibrocemento que hay en su parcela, según el acta realizada por los agentes ambientales de la zona.

 

La obligación de mantener los terrenos en el estado adecuado recae sobre el propietario de los mismos, independientemente de la autoría del vertido que se haya producido en su propiedad.

Por su parte, la gestión de cualquier residuo debe ser llevada a cabo por un gestor autorizado, por lo que es importante asegurarse que la empresa a la que se solicita el presupuesto de retirada está autorizada para la gestión del residuo en concreto: 170605* Materiales de construcción que contienen amianto.

 

Actualmente la gestión de residuos con amianto es única ya que el tratamiento posible es la deposición en vertederos, que en función de la clasificación del residuo (friable o no friable) podrá ser de clase II o clase III.

 

Para las planchas de fibrocemento o piezas grandes que contienen en su interior fibras de amianto lo mejor es proceder a realizar paquetes recubriéndolo totalmente de plástico o paletizándolos y retractilándolos, no realizando cortes, ni fragmentaciones del material.

 

Posteriormente, su descarga en depósito de seguridad se deberá realizar mediante una carretilla o equipo mecánico que garantice que no se produzcan roturas de los paquetes o envases evitándose la posible emisión de polvo o fibras de amianto.

 

Se utiliza la siguiente web para encontrar un gestor autorizado: https://ireno.castillalamancha.es/ 

 

Para este caso en concreto se contrata empresa autorizada próxima al vertido.  En primer lugar se procederá al acopio en campo de las placas de fibrocemento, tras su recubrimiento total con plástico.

 

La empresa propietaria de la parcela no cuenta con Número de Identificación Medio Ambiental (NIMA) como productor de residuos; por lo que se solicita a la Junta de Castilla la Mancha, para la retirada puntual de un residuo con código LER 170605* Materiales de construcción que contienen amianto, en el emplazamiento en el que se ha producido el vertido.

Hasta que no se disponga de número NIMA no se puede proceder a la retirada de los residuos vertidos.

 

En el plazo señalado no es posible llevar a cabo la retirada del vertido, comunicándose a la JCLM la contratación del servicio a empresa autorizada.

 

La parcela se encuentra paralela a un camino público, muy accesible desde la carretera, no siendo posible cortar el acceso al mismo, por lo que no se puede dificultar de ninguna forma que vuelva a producirse un nuevo vertido, que según la legislación y jurisprudencia debe ser asumido por el propietario.

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