El Gobierno de Aragón ha decidido comenzar a utilizar la plataforma electrónica de gestión de residuos e-SIR del MITERD para comunicar los traslados de residuos dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, que requieren de notificación previa.
El artículo 3 punto 2 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, establece la obligación de llevar a cabo una notificación previa al traslado de los siguientes residuos:
a) Los traslados de residuos, peligrosos y no peligrosos, destinados a eliminación;
b) Los traslados de residuos peligrosos, de residuos domésticos mezclados identificados con el código LER 20 03 01 y los que reglamentariamente se determinen, destinados a valorización.
El Departamento de Medio Ambiente y Turismo de la Diputación General de Aragón está desarrollando una plataforma propia para llevar a cabo las comunicaciones previas de traslado requeridas, pero mientras finaliza su implantación, se ha decido emplear la plataforma eSir del MITERD para las comunicaciones de traslados que se producen tanto dentro (INTRA) como fuera (INTER) de la Comunidad Autónoma de Aragón.
eSir se venía empleando para llevar a cabo las notificaciones de traslado fuera de la Comunidad (INTER).
La Dirección General de Calidad Ambiental ha elaborado una nota informativa sobre el cambio en el procedimiento de notificación, que aclara las obligaciones de comunicación que marca el RD.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN ARAGÓN ENTRE 1 NOVIEMBRE Y 31 DICIEMBRE DE 2023.
Para Traslados entre Comunidades Autónomas. (INTER).
Obligatorio utilizar las aplicaciones del Ministerio (Sede electrónica MITERD y eSIR)
Para Movimientos dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón. (INTRA).
Para residuos peligrosos (sólo DCS, hojas de PP), se podrá utilizar la aplicación de calidad ambiental. (http://calidadambiental.aragon.es/)
Para residuos no peligrosos (sólo DI), se podrá utilizar el correo electrónico del Servicio. resindustriales@aragon.es.
Se utilizarán modelos que cumplan con la información mínima exigida en los Anexo I (DI), y Anexo II (NT) del RD 553/2020.
Para residuos peligrosos y no peligrosos (NT y DI), se podrán utilizar las aplicaciones del Ministerio (Sede electrónica MITERD y eSIR)
PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN ARAGÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE
2024.
Para Traslados entre Comunidades Autónomas. (INTER)
Obligatorio utilizar las aplicaciones del Ministerio (Sede electrónica MITERD y eSIR)
Para Movimientos dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón. (INTRA).
Obligatorio utilizar las aplicaciones del Ministerio (Sede electrónica MITERD y eSIR)
A nivel práctico, para que los gestores de residuos puedan cumplir con las obligaciones de notificación a través de eSIR, en nombre del productor de residuos, deben ser apoderados por los productores en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) “apodera y aceptar dicho apoderamiento.
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoDeApoderamientos.html
A partir de este momento ya podrán hacer dichas notificaciones previas en lugar del productor.
