1/6/2022
El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, recoge en su artículo 3 la obligación de obtener un certificado de eficiencia energética para los edificios o partes de edificios destinados a uso administrativo, que cuenten con una superficie útil total superior a 500 m2.
Las oficinas de las plantas industriales entrarían dentro de este denominación, siendo necesario realizar dicho estudio de eficiencia.