31/01/2022
La compensación de la huella de carbono de organización de una empresa quedará registrada siempre y cuando se lleve a cabo un acuerdo entre una organización que tenga inscrita una huella de carbono y un proyecto de absorción que cuente con absorciones disponibles.
Por su parte Los proyectos de absorción registrados en MITECO deben cumplir, a su vez, con una serie de requisitos:
- Encajar en una de las dos actuacionessiguientes:
- Repoblación forestal en zonas donde no ha habido un bosque desde el 31 de diciembre de 1989.
- Actuaciones en zonas forestales incendiadas para el restablecimiento de la masa forestal existente.
- Estar ubicadoen territorio nacional.
- Unidad mínima de actuación: 1 ha, donde la cubierta de copas de los árboles mínima sea del 20 % en madurez y la altura potencial de los árboles de 3 m en madurez.
- Permanenciadel proyecto: mínimo 30 años.
- Antigüedad: puesta en marcha posterior a la campaña de plantación 2012 – 2013.
- Plan de gestión: el proyecto debe contar con un plan en el que se indiquen las actuaciones previstas.
- Cálculo de las absorciones: realizado con la calculadora del Registro.
Existen otros registros de prestigio, cuyos proyectos de absorción pueden ser utilizados para compensar la huella de carbono de una organización de forma reglada: VERA, GOLD ESTÁNDAR, etc
Otra cosa es lo que se recoge en esta noticia de El español, relativa al interés de P&G de llevar a cabo una compensación NO REGLADA de las emisiones de gases de efecto invernadero de sus empleados tal y como lleva a cabo la asociación Apadrina un olivo en Oliete (Teruel).
P&G se une a Apadrina Un Olivo para recuperar miles de olivos centenarios en Oliete, Teruel y compensar 1.600 toneladas de CO2.
Es preciso poner de manifiesto que la compensación de las emisiones que el dato aportado de compensación de 1.600 toneladas de CO2, ni se cuantifica ni se le hace el seguimiento bajo ningún estándar reconocido.