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Almacenamiento Residuos Peligrosos

6/5/2022

 

El pasado 10 abril entraba en vigor la ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la cual deroga la Ley 22/2011.

 

En lo que se refiere al almacenamiento de RP, las instalaciones tiene que cumplir con el artículo 21 de la nueva  LEY 7/2022.

 

A nivel práctico y resumiendo:

 

  • tienen que estar almacenados en depósitos estancos: bidones, GRG en función de su estado
  • tienen que estar protegidos de la intemperie, al menos por un techado.
  • Tienen que tienen que estar contenidos en un sistema de retención, por riesgo de algún vertido, que debe ser estanco para que si se escapa algo no afecte al suelo.

El sistema de retención, lo podéis construir vosotros con el albañil, pero debe ser estanco y que en caso de vertido no se vea afectado por el producto vertido.

  • Hay que evitar que se mezclen residuos de distinta naturaleza.
  • El lugar donde se almacenan tiene que estar identificado como almacén de RTPs
  • El recipiente en el que se almacenan tiene que estar etiquetado, identificando el residuo de que se trata.

 

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