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Resumen legislación AMBIENTAL del mes de OCTUBRE. Nuevos sectores afectados por el sistema de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

A nivel nacional y autonómico únicamente se han publicado algunas Órdenes y Resoluciones sin ninguna trascendencia.

La Unión Europea ha sido más activa, destacando la publicación del Reglamento 2122/2023, de 17/10/2023, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 en lo que respecta a la actualización del seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

El sistema de comercio de derechos de emisión afecta en la actualidad a de más de 10.000 instalaciones de elevado uso energético (o que llevan a cabo determinadas actividades) y de las compañías aéreas que operan entre los 31 países en los que se aplica, las cuales deben entregar anualmente derechos de emisión de gases de efecto invernadero, en función de las emisiones verificadas que realizan.

El Reglamento publicado incorpora disposiciones relativas al seguimiento de las emisiones efectuadas por las instalaciones que se encuentran dentro del sistema de comercio de derechos de emisión, pero lo que es más importante introduce procedimientos para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero en nuevos sectores: edificios, el transporte por carretera y pequeña industria, que hasta ahora no estaban dentro del sistema de comercio de derechos de emisión.

 

La Directiva 2023/959, de 10 de mayo de 2023, ya establecía la obligación de comenzar en el año 2025 con las obligaciones de seguimiento y notificación de las emisiones, dentro de un sistema propio de comercio de derechos de emisión para estos nuevos sectores.

Durante los primeros años: 2024 a 2026, las entidades reguladas deberían poseer un permiso de emisión de gases de efecto invernadero y llevar a cabo un seguimiento y notificación de las emisiones correspondientes a dichos años.

La expedición de derechos de emisión y las obligaciones relativas su entrega son aplicables a partir de 2027 (año 2028 respecto de las emisiones de 2027), con la creación de un nuevo régimen de comercio de derechos independiente, para los sectores de transporte por carretera, edificación y pequeña industria.

En los próximos meses debería concretarse el procedimiento administrativo para que las nuevas actividades consigan una autorización de emisiones y a qué pequeña industria se refiere la normativa europea, cuando referencia a “otros sectores” que van a verse afectados por el nuevo mercado de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

El sector del transporte por carretera y los edificios ya han quedado incluidos.

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