Los residuos de tóner, al igual que todos los consumibles de impresión con parte eléctrica, pasan a considerarse Aparato Eléctrico y Electrónico, quedando afectados por la Directiva de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE).
La gestión de los residuos de tóner se realizará, por tanto, según el RD 110/2015 el cual los clasifica con el siguiente código, de residuo no peligroso: LER 160214.
Su gestión se puede llevar a cabo con la ayuda de un SCRAP; por ejemplo TRAGATÓNER & TRAGATINTA.